OEP ADIF 2016 (Examen RCF 2)
No tardando publicarán la lista definitiva de admitidos y se procederá a publicar la fecha para el examen. Estad atentos.
Os añado otra prueba más para ir ejercitando la parte ferroviaria.
Son 22 preguntas tipo examen del RCF.
Como siempre, cada vez que repitáis el test saldrán descolocadas tanto preguntas como respuestas.
Ánimo!!!
(Visión ÓPTIMA en versión web)
Muchas gracias por la aportación. Algunos fallitos he tenido, y todo por no leer bien las respuestas.
Hola muchas gracias por toda la informacion.
¿Me podrias ayudar con una duda? no me queda claro a quien le corresponde lo siguiente:
Aprobacion de canones por uso de la infraestructura: Adif o Ministerio de Fomento??
Aprobacion de tarifas por servicios adicionales complementarios y axuliares: Adif o Ministerio de fomento??
Aprobacion de tasas seguridad: Ministerio de Fomento?
Todos los servicios esta obligados a prestarlos Adif? o solo los adicionales y complementarios??
Buenas Iván.
Respecto a tu duda:
– La aprobación y cobro de cánones por el uso de servicios complementarios y auxiliares le corresponde a Adif.
– La determinación, revisión y cobro por el uso de infraestructuras ferroviarias le corresponde a Adif.
– Las tasas de seguridad se aprobaron en los presupuestos generales del Estado, por lo que entiendo que fue el Gobierno el ente que aprobó tal cosa.
Por otra parte, el marco general de cánones que aplica Adif es aprobado por el Ministerio de Fomento.
Todo esto viene en la DR, en los cometidos de cada órgano. Espero que te aclare algo, auqnue no sé si se me escapa algo.
Simplemente perfecto. No lo habría contestado mejor. Muchas gracias
Gracias, si se que viene en la DR pero no me queda muy claro:
Ministerio Fomento:
– El desarrollo del marco general de cánones y del sistema de incentivos a aplicar por los administradores de infraestructuras ferroviarias
Adif
– "La aprobación y el cobro de las tarifas por la prestación de los servicios complementarios y auxiliares al servicio de transporte ferroviario." DR
-"La determinación, revisión y cobro de los cánones por utilización de las infraestructuras ferroviarias, conforme al régimen legal y reglamentario de aplicación"
Determina la cuantia la revisa y gestion del cobro, ero no me queda claro que le corresponda aprobarla……
POR OTRO LADO EN Estatuto:
Consejo de Administracion
p. Aprobar la propuesta de modificación y actualización de los cánones por utilización de las infraestructuras ferroviarias, así como las propuestas de las tarifas por prestación de servicios adicionales y complementarios a elevar al Ministerio de Fomento, y fijar los precios por la prestación de servicios auxiliares.
Entiendo que es propuesta y luego se eleva a Ministerio de Fomento para aprobacion. Unicamente fija los de auxiliares,,,quizas lo interpreto mal…..no se…me he quedado dandole vueltas a este asunto y cada vez lo enreveso mas…..
DR
"Durante 2016 serán de aplicación las Tarifas por la prestación de Servicios Complementarios 2014, conforme Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, por la que se publica la aprobación de la propuesta de Tarifas por la prestación de Servicios Complementarios"
Leyendo esto entiendo que tambien es Fomento quien los aprueba….en fin…..
Respecto a las tasas seguridad, homologacion,…. se que es AESF quien cobra y gestiona…pero la aprobación como dices se fijo en Ley Presupuestos Generales segun DR
Pero me encuentro con esto_
Por un lado Estatuto:
" El importe de la recaudación de las tasas por licencias y certificados de seguridad, por seguridad en el transporte ferroviario de viajeros, por homologación de centros de formación del personal ferroviario y de mantenimiento del material rodante, por el otorgamiento de títulos a dicho personal y por certificación del referido material, se ingresará en el patrimonio del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, salvo que por Ley se establezca una afectación distinta respecto del importe recaudado por la tasa relativa al certificado de seguridad, conforme a lo dispuesto en el Capítulo I del Título V de la Ley del Sector Ferroviario"
Y POR OTRO EN LSF
Artículo 86.
Gestión.
La gestión y la liquidación de la tasas corresponden a la Agencia Estatal de Seguridad
Ferroviaria.
El producto de la recaudación de la tasa se ingresará en el patrimonio de la Agencia
Estatal de Seguridad Ferroviaria.
Muy bien pensado, eso demuestra que lo has entendido y no memorizado. Decirte que cada uno hace una cosa:
No es lo mismo aprobar las tarifas que aprobar la propuesta de modificación.
Respecto a las tasas, no es lo mismo quien las cobra que quien las ingresa. (lo que has descrito en DR y aplicado con la LSF)
Tu mismo te estas dando la respuesta.
A lo de las Tasas me refiero que lo veo una incogruencia ya eue los dos (Adif y AESF) Ingresan en su patrimonio lo mismo segun LSF y DR…. a cual hacer caso???
No es que lo ingresen los 2.es que la aesf hace de "cobradora" para adif.
pufff….y no pueden poner eso en vez de decir que los dos la ingresaran en su patrimonio……jeje
Otra joya
Segun RD 2395/2004:
Articulo 8. Puesta en funcionamiento de la infraestructura ferroviaria.
Con carácter previo al inicio de la explotación de líneas, tramos y terminales de la infraestructura ferroviaria, el ADIF deberá obtener la autorización del Ministerio de Fomento que acredite que aquéllas pueden abrirse al tránsito ferroviario público. Respecto de la apertura al tránsito ferroviario del resto de los elementos que integran la infraestructura, se cumplirán por el ADIF las reglas que determine el Ministerio de Fomento.
POR OTRO LADO Ley 38/2015
5. Antes de la puesta en servicio de líneas ferroviarias, de sus tramos y de las estaciones
de transporte de viajeros o terminales de transporte de mercancías pertenecientes a la Red
Ferroviaria de Interés General, cualquiera que haya sido el procedimiento de construcción,
será necesario contar con una autorización de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria
en la que se declare que la línea ferroviaria o el tramo correspondiente pueden entrar en
servicio, al cumplir con las condiciones de seguridad exigidas por la normativa aplicable.
Reglamentariamente, se determinarán el procedimiento y los requisitos necesarios para la
autorización.
Entonces necesita autorización de los DOS??????
En este caso te puedo decir que jerárquicamente es tiene más importancia una Ley que un Real Decreto. Además esta más actualizada la Ley, que es del 2015.
ya salieron las listas definitivas y estoy admitida lo hago en barcelona
Cuanto me alegro!!! Que sepas que acabo de publicar 2 entradas, una con la noticia de previsión definitiva de examen y otra con el análisis de las listas definitivas. un saludo
Muy buenas, muy buen test que ayuda a los chavales que quieren entrar.
Yo trabajo ya en Adif y por curiosidad e querido hacer el test, sacando un 16/22 que por lo que he hecho del RCF me parece bien, lo único que veo 2 preguntas que no me cuadran y que me dan como fallo:
– Señales distintas en un mismo lugar
Hay 2 opciones correctas
Si sus órdenes son contradictorias o incompatibles entre sí: se cumplirá la más restrictiva ( yo respondí esta y me dio fallo )
Si sus órdenes son compatibles entre sí: se cumplimentarán todas ellas
Limitación Temporal de Velocidad Máxima puede estar prescrita por
Que ninguna es 100 % correcta
La mas correcta seria que supongo que seria la buena
Una prescripción de carácter general o particular, causas de anormalidad, la orden de las señales y Notificación al Maquinista
Pero debería ser para que fuera correcta
Una prescripción de carácter general o particular, causas de anormalidad, la orden de las señales o Notificación al Maquinista
Ya que no es condición indispensable que se cumplan todas las condiciones para que haya la LTV
Saludos de un compañero y buen trabajo!!
buenas compañero,
respecto a la primera pregunta, la de señales distintas en un mismo lugar, es correcto que son válidas las 2 pero si te das cuenta hay una tercera respuesta que dice así: "Son todas correctas excepto 'ninguna es correcta'". Básicamente lo hago para ejercitar la lectura de atención y prepararles para el examen.
Y sobre la segunda pregunta, te doy toda la razón, es un "o" no un "y". Ya lo he corregido
Muchas gracias
Pues si, esa es buena, la verdad es que el 95 % de fallos que se pueden hacer es por no prestar total atención a la lectura. Haces muy bien en remarcar y ejercitar esta parte.
Con respecto a la pregunta de velocidad temporal.para mi no es del todo cierta ninguna.según la definición del rcf en materia de señales fijas, dice que se imponen restricciones por circunstancias particulares y no generales como comentais
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Perdona que te borre la pregunta Pilar,pero no quiero publicidad directa o indirecta de sindicatos. Lo siento
esta todo muy bien, pero a ver si dicen ya fecha de examen…..